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CIUDADANOS INFRINGEN LA LEY DE TRÁNSITO AL QUITAR SUS PLACAS Y DEJARLAS EN EL INTERIOR DE LOS VEHÍCULOS

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De un tiempo a la fecha varios son los conductores que están realizando una práctica considerada acto de evasión, contemplado en el reglamento de parquímetros de esta ciudad, ésta acción consiste en quitar las placas de los vehículos y dejarlas en el interior del mismo, por lo regular en el tablero, con lo anterior, lo que se pretende es estacionarse sin depositar monedas al estacionometro, al llegar el verificador de los mismos y realizar la infracción correspondiente este no puede retirar la placa, ya que se encuentran en el interior del automotor, en un recorrido por la calle mercaderes se constató que en un tramo de esta, se observaron al menos unos 8 vehículos en la situación antes mencionada, el Lic. Sergio Palma administrador de Parquimetros dice que se está pidiendo el apoyo de Tránsito Municipal para realizar lo conducente, incluso ya ha sido necesario solicitar el servicio de grúas para llevar al corralón algún vehículo, no se trata de perjudicar a nadie, solo ser respetuosos con los demás usuarios que hacen su pago correspondiente y estas personas están realmente abusando de esta situación, se presume sean los propios dueños o trabajadores de comercios de la ciudad, que realizan lo antes mencionado. El Lic. Palma menciona que con esto se deja de cumplir uno de los objetivos de los parquímetros, que es el dar fluidez a los espacios de estacionamiento. Concluyó invitando a la ciudadanía que se haga buen uso de estos instrumentos, y no violar la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Chihuahua, que en su artículo 83 dice: En lugares donde haya instalados relojes estacionómetros , es obligación de los conductores pagar la cuota fijada en los mismos, el incumplimiento de dicha obligación causará la multa correspondiente y, en su caso la aplicación del inmovilizador, en los términos que establezca el reglamento municipal correspondiente. También motivara la aplicación de la multa y del inmovilizador cuando se estacionen o invadan los espacios exclusivos y prohibidos, señalados en las infracciones  I y V del artículo 77 de la misma ley.

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