Da cumplimiento IEE a la sentencia de tribunales en el caso de revocación de mandato

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Chihuahua, Chih. – En cumplimiento de la sentencia del Tribunal Estatal Electoral (TEE), el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral (IEE) en su 5ta Sesión Ordinaria, aprobó el acuerdo referente al instrumento de revocación de mandato en Ciudad Juárez. Con esta resolución se invalida la cantidad de firmas de apoyo ciudadano captadas durante los primeros veinticuatro días y este plazo se repone a las personas promoventes de este mecanismo de participación política.

Como antecedente, el IEE dio procedencia a la solicitud de revocación de mandato del alcalde de Ciudad Juárez y definió el plazo del 1 de septiembre al 29 de noviembre para la captación de firmas de apoyo ciudadano, sumando los 90 días establecidos por la ley. Esta actividad se desarrolló con la pregunta sugerida por el grupo promovente y aprobada por el IEE, a través de la aplicación móvil del INE.

A raíz de la impugnación presentada ante el órgano jurisdiccional, el Tribunal Estatal Electoral decidió reformular la pregunta original con la que se estaba realizando la captación de firmas por parte de los grupos promoventes.

En cumplimiento a este resolutivo, el IEE solicitó al Instituto Nacional Electoral a modificar la pregunta de la aplicación móvil, cambio que se dio a partir del 25 de septiembre, mientras que la recolección de firmas seguía su curso.

Sin embargo, el 23 de octubre del 2020, la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dictó sentencia en el juicio promovido por Héctor Armando Cabada Alvídrez, anulando el apoyo ciudadano con la pregunta original.

El 28 de octubre pasado, el Tribunal local emitió sentencia en la que dio cumplimento a los resolutivos de la Sala Regional Guadalajara y ordenó al IEE otorgar a las personas solicitantes un plazo igual al empleado en la recopilación de los apoyos ciudadanos que fueron invalidados.

El INE informó que el apoyo recabado del 1 al 25 de septiembre habría sido de 22,426 (veintidós mil cuatrocientos veintiséis).

Ante los acuerdos tomados por la Sala Guadalajara y el Tribunal Local, se determina como inválidos 22,426 (veintidós mil cuatrocientos veintiséis) apoyos; en consecuencia, se les otorga a las personas promoventes 24 (veinticuatro) días adicionales para realizar la captación de firmas de apoyo ciudadano.

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