Refuerzan atribuciones de los Órganos Internos de Control

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Con el propósito de fortalecer las atribuciones con que cuentan los Órganos Internos de Control y abonar en la transparencia efectiva de la rendición de cuentas, el Congreso de Chihuahua, reformó diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, de la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua y de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua.
La diputada Ana Carmen Estrada, presidenta de la Comisión de Anticorrupción del Congreso, al exponer el contenido del Dictamen ante el Pleno Legislativo, recordó que el 20 de julio de 2017, fue aprobada la reforma destinada al establecimiento de un marco constitucional local que diera sustento a los ordenamientos y organismos correspondientes para crear el Sistema Estatal Anticorrupción, y a las instancias necesarias que completen el engranaje jurídico e institucional que permitan la efectividad del mismo, tales como: el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, la Fiscalía de Combate a la Corrupción, los Órganos Internos de Control, entre otros.
Asimismo, se estableció en los artículos transitorios, que el Congreso del Estado habrá de aprobar las leyes secundarias y adecuar las disposiciones legales necesarias para el cumplimiento de lo previsto en el Decreto Constitucional.
Dado a lo anterior, y debido a la importancia de la promoción, evaluación y fortalecimiento del buen funcionamiento del control interno de los entes públicos, es que se brinda a través de las reformas a los ordenamientos mencionados, la autonomía técnica y de gestión de los Órganos Internos de Control, y con ello se refuerzan sus atribuciones, a fin de que su labor abone en la transparencia efectiva de la rendición de cuentas, agregó la Legisladora.
Es por todo lo antes mencionado que dentro de las adecuaciones realizadas se determinó que en las estructuras orgánicas de los entes mencionados, se garantizará la independencia de funciones entre las autoridades que lo conforman, las que serán al menos: aquellas con atribuciones de investigación, las de substanciación y resolución, en su caso, así como las encargadas de la auditoría interna y mejora de la gestión pública. Para lo cual, contará con los recursos necesarios para el cumplimiento de su objeto y atribuciones legales.
Asimismo, dentro de las atribuciones de los Órganos Internos de Control, se contempla entre otras, la de fiscalizar y verificar que el ejercicio del gasto del Tribunal se realice conforme a la normatividad aplicable, los programas aprobados y los montos autorizados; efectuar visitas de inspección e intervenciones de control; intervenir en los actos de entrega recepción de las y los servidores públicos de mandos medios y superiores, así como de quienes, por la naturaleza e importancia de sus funciones, manejo de recursos públicos, personal a su cargo o resguardo de información, deban realizar la entrega recepción.
Además, de forma anual, la persona titular del Órgano Interno de Control, deberá presentar en el mes de diciembre un plan anual de trabajo para el siguiente ejercicio, el cual podrá ser modificado en atención a las circunstancias operativas; así como un informe de gestión anual en el mes de febrero, respecto del ejercicio inmediato anterior al que se reporta.
Por último, se refirió que las y los servidores públicos estarán obligados a proporcionar la información, permitir la revisión y atender los requerimientos que les presente el Órgano Interno de Control, para lo cual se otorgará un plazo de dos hasta diez días hábiles, pudiendo ampliarse por causas debidamente justificadas cuando así lo solicite la parte requerida; dicha ampliación no podrá exceder en ningún caso la mitad del plazo previsto originalmente, en caso de que transcurrido el plazo establecido, el área o persona servidora pública requerida, sin causa justificada, no atienda los requerimientos, aquél procederá a fincar las responsabilidades que correspondan.

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