PRESENTA ANGELES GUTIÉRREZ RESERVA A LA LEY FEDERAL DE JUICIO POLÍTICO Y DECLARACIÓN DE PROCEDENCIA

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Sienta las bases legales para juzgar a los políticos, dejándolo en manos de la Junta de Coordinación Política y pasando por encima de las entidades federativas.
-Con este esquema, quien controle la Junta, tendrá la discrecionalidad de quitar y poner nuevos integrantes para alterar el resultado de la votación, si no le conviene.

En la primera sesión del periodo ordinario, la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia, para regular estas dos figuras, así como el trámite para enjuiciar al Presidente de México, y abrogó la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos; el proyecto fue turnado al Senado de la República.
La nueva ley permitirá regular el procedimiento constitucional que faculta someter a juicio penal al Presidente de México por traición a la patria, corrupción o delitos electorales.
En este sentido la Diputada Federal por el noveno distrito de Chihuahua, Angeles Gutiérrez, mencionó: “No permitiremos que ninguna fuerza política sea juez y parte. No autoritarismo y no corrupción” y convocó mantener el estado de derecho, que sea respetado a todo delito en el que deba ser sancionado y enjuiciado tanto servidores públicos hasta el Ejecutivo Federal, analizado desde la perspectiva de la tipología del delito que se encuentre descrito en las leyes que impongan las sanciones penales respectivas, de ahí la importancia de considerar incluir el término “susceptibles de imputación.
Por lo anterior, en Tribuna la Diputada Angeles Gutiérrez, presentó dos reservas: La primera con la finalidad de integrar el termino democracia en la fracción primera del artículo 7, para que en el perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, en el ataque a la forma de gobierno republicano, representativo, laico y federal; se considere incluir democracia como el principal principio a salvaguardar y observar por los servidores públicos en sus respectivas responsabilidades.
La segunda, consiste en reformar el artículo 37 del decreto, y tiene como fin que todos los delitos que deban ser sancionados, tratándose del Ejecutivo Federal, como traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales, así como todos los delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadana o ciudadano, todos, serán susceptibles de imputación, de conformidad con lo establecido en términos de lo dispuesto por el artículo 108, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
A pesar de ello, ganó la cerrazón y considerándolo de “urgente y obvia resolución” se le dispensaron los trámites para su inmediata discusión, se avaló con 273 votos a favor, 220 en contra y cero abstenciones, quedando aprobado en lo general, el proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. La segunda, consiste en reformar el artículo 37 del decreto, y tiene como fin que todos los delitos que deban ser sancionados, tratándose del Ejecutivo Federal, como traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales, así como todos los delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadana o ciudadano, todos, serán susceptibles de imputación, de conformidad con lo establecido en términos de lo dispuesto por el artículo 108, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

A pesar de ello, ganó la cerrazón y con 273 votos en pro, 220 en contra y 0 abstenciones, fue aprobado, en lo general, proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

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