Aprueba IEE lineamientos para la obtención de apoyo ciudadano de candidaturas independientes

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En 45 municipios se aprueba el uso obligatorio de la aplicación y en 22 municipios, el régimen de excepción, donde se recabará apoyo ciudadano mediante cédula física.

· El uso de la aplicación para recabar apoyo ciudadano en los distritos 01; 02; 03; 04; 05; 06; 07; 08; 09; 10; 11; 12; 15; 16; 17; 18; 14; 19; 20; y 21. El régimen de excepción para los distritos 13 y 22.

Chihuahua, Chih. – El Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE), en su Primera Sesión Extraordinaria del año 2018, emitió los lineamientos para regular la obtención de apoyo ciudadano en el procedimiento de candidaturas independientes a cargos de elección popular.

Estos lineamientos tienen por objeto implementar el uso de la solución tecnológica, así como el régimen de excepción con la modalidad de cédula física.

En la exposición de motivos, el Consejo Estatal del IEE consideró adecuado adoptar la aplicación móvil de captación de apoyo ciudadano, diseñada e implementada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), dado que esta herramienta informática permite:

§ Conocer a la brevedad la situación registral en lista nominal de dichas personas;

§ Generar reportes para verificar el número de apoyos ciudadanos recibidos por las y los aspirantes;

§ Garantizar la protección de los datos personales de la ciudadanía, y

§ Reducir los tiempos para la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano.

La aplicación móvil es compatible con teléfonos inteligentes (smartphone) de gama media y alta, así como con tabletas electrónicas que funcionen con los sistemas operativos iOS 8.0 y Android 5.0 en adelante. El número de equipos a utilizar dependerá de la cantidad de auxiliares que colaboren en la captura de datos.

Toda vez que para el IEE es primordial salvaguardar los derechos político-electorales de las y los ciudadanos que manifiesten su intención de participar en las

candidaturas independientes, el Consejo Estatal consideró que en aquellos casos donde exista impedimento material o tecnológico para recabar el apoyo ciudadano a través de la aplicación móvil o tecnológica, se aplique el régimen de excepción, con el uso de cédulas de respaldo físicas o de papel, es decir, a través del método tradicional.

Para determinar aquellos municipios y distritos que serán motivo de excepción en el uso de aplicación móvil, el Consejo Estatal tomó como base dos parámetros fundamentales:

a. Índice de pobreza de las zonas y localidades involucradas; y

b. Estructura tecnológica existente.

El INE, en el régimen de excepción adoptado para las elecciones federales, utilizó como base de forma exclusiva el Índice Nacional de Marginación 2015 del Consejo Nacional de Población, y como parámetro la variable de “Muy alto grado de marginalidad”, en la que se ubicaron 9 municipios de Chihuahua.

Sin embargo, el Consejo Estatal amplió este rango a 22 municipios para el régimen de excepción, derivado de la situación particular de varias localidades que presentan carencias en materia de telecomunicaciones, tecnología e infraestructura.

Para el caso de las postulaciones de candidaturas independientes a miembros de los ayuntamientos y sindicaturas del estado de Chihuahua, se aprobó el uso obligatorio de la aplicación en los siguientes municipios:

Municipios en los que aprueba el uso obligatorio de la solución tecnológica

# Municipio Municipios con cobertura de red celular 3G, conforme a los mapas de cobertura garantizada del Instituto Federal de Telecomunicaciones Viviendas particulares habitadas que disponen de teléfono celular. Intercensal 2015 Grado de marginación Índice Nacional de Marginación 2015

1 Dr. Belisario Domínguez Sí 62.0765% Medio

2 Ocampo Sí 75.2350% Medio

3 San Francisco de Borja Sí 77.3713% Medio

4 Buenaventura Sí **86.6146% Bajo

5 Santa Isabel Sí 1**67.3307% Bajo

6 Coronado Sí 67.1072% Bajo

7 Gran Morelos Sí 70.0000% Bajo

8 Matamoros Sí 73.6037% Bajo

9 Allende Sí 74.8725% Bajo

10 López Sí 75.1232% Bajo

11 Guerrero Sí 75.2967% Bajo

12 Satevó Sí 78.1900% Bajo

13 Valle de Zaragoza Sí 78.2184% Bajo

14 Casas Grandes Sí 78.9459% Bajo

15 Ignacio Zaragoza Sí 79.0779% Bajo

16 Guadalupe

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