Reforma Congreso la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado

compartir

En lo relativo a la integración de la Junta de Gobierno de dicho Centro
En Sesión Ordinaria de la Sexagésima Sexta Legislatura, dentro del Tercer Año de Ejercicio Constitucional, integrantes del Congreso de Chihuahua aprobaron reformar y derogar, una serie de disposiciones de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado.
Lo anterior, con la finalidad de armonizar la legislación local con la Ley Federal del Trabajo, y atender la sugerencia del Consejo de Coordinación, señaló el diputado Misael Máynez Cano, encargado de presentar al Pleno, el dictamen emanado de la Junta de Coordinación Política, para la votación de las y los diputados.
Dentro de la adecuación realizada, se derogó el artículo 11 de la Ley mencionada y se reformó el artículo 10 para quedar de la siguiente manera:
La junta de Gobierno es el órgano máximo de decisión y establecimiento de políticas del Centro y se compondrá por cinco integrantes:
I. a III. …
IV. La persona titular del Instituto de Justicia Alternativa del Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
V. La persona titular del Instituto Chihuahuense para la Transferencia y Acceso a la Información Pública.
VI y VII derogados.
Por último, el Legislador mencionó que en lo relativo al Decreto por el que se expide la Ley citada, se reformaron los artículos transitorios Segundo y Quinto, por lo que se determinó que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social adoptará las medidas pertinentes para la instalación de la Junta de Gobierno, acorde a los términos y plazos que determine el Grupo Interinstitucional para la Implementación de la Reforma Laboral para el Estado y que el Centro de Conciliación Laboral, comenzará a prestar el servicio público de conciliación en la fecha que determine dicho Grupo,  de acuerdo a los procedimientos establecidos en la ley Federal del Trabajo para tales efectos.

Comentar

Su dirección de correo electrónico no será publicada.Los campos necesarios están marcados *

*